Pleca imagen

VUT

ACUERDO POR EL QUE SE OTORGAN FACILIDADES ADMINISTRATIVAS PARA LA VIVIENDA

CONCEPTO

contenido

REQUISITOS

1. Formato de solicitud TIZTAPALAPA_ROA_1 debidamente requisitado, en original y cuatro copias, con firmas autógrafas en los 5 tantos.

2. Identificación oficial vigente con fotografía Original y copia.

3. Para el caso de construcciones que requieran la instalación de tomas de agua y conexión a la red de drenaje, la solicitud y comprobante del pago de derechos. (Original y copia)

4.- Documento con el que se acredite la propiedad o posesión del predio, en original y copia.

5. Constancia de Adeudos de predial y agua emitida por la Administración Tributaria y el Sistema de Aguas de la Ciudad de México en la que se acredite que se encuentra al corriente de sus contribuciones. Original y copia.

6. Comprobante de pago de derechos, de acuerdo al tipo de obra, el cual debe presentarse una vez que la autoridad informe al interesado el monto a pagar. (original y copia)

7. Acreditar la presentación del valor catastral del inmueble y el pago del Impuesto Predial, del año en curso. (Conforme a la disposición fiscal vigente y aplicable en la Ciudad de México (original y copia).

8.- En el caso de inmuebles de más de dos niveles, Dictamen de Seguridad Estructural suscrito por un director responsable de obra o por un corresponsable en seguridad estructural, acompañado de dos juegos de los planos arquitectónicos (plantas, cortes y fachadas).

9. Documento con el que se acredite la personalidad, en los casos de representante legal. Original y copia.

10. Constancia de Alineamiento y Número Oficial (Original y copia para cotejo).

FUNDAMENTO JURÍDICO

Art. 8 del Acuerdo de Facilidades Administrativas para la Vivienda, Programas de Regularización Territorial, Comercio en Vía Pública, así como para las mujeres abandonadas y madres solteras, publicado en la GODF del 2 de marzo de 2000.

Artículos 4, 5, 41, 44 y 89 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México.

Código Fiscal de la Ciudad de México, Arts. 44 y 272.

INFORMACIÓN DEL TRAMITE

Costo: Artículo, fracción, inciso, subinciso del Código Fiscal de la Ciudad de México: Artículos 44 y 272 del Código Fiscal de la Ciudad de México.

Documento a obtener: Registro

Tiempo máximo de respuesta: 40 días hábiles

Vigencia del documento a obtener: Permanente

Afirmativa o Negativa Ficta: Afirmativa ficta, no procede; Negativa ficta, no procede

OBSERVACIONES

* Si la construcción cuenta con giros comerciales, estos no deberán de exceder el 20 % del área total construida.

* No deberán de ser mas de 40 viviendas construidas en un mismo inmueble, ya sea horizontal o vertical.

haga click aqui para descargar el formato TIZTAPALAPA_ROA_1