VUT
Contenido
1. Formato TIZTAPALAPA_AIQ_1 debidamente llenado. Original y copia simple.
2. Identificación oficial vigente (Credencial para votar, Pasaporte, Cartilla del Servicio Militar Nacional, Cédula Profesional, en su caso documento migratorio).
3. Documentos de acreditación de personalidad jurídica (Carta Poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público, de quien realiza el trámite, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado, Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado) Original y copia.
1. Ley del Sistema del Sistema de Protección Civil para el Distrito Federal. Artículo 95.
2. Reglamento de la Ley De Protección Civil para el Distrito Federal. Artículo 32.
3. Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal. Artículo 89.
4. Norma Técnica Complementaria Ntcpc-010-Pirotecnia- 2017.- Instalación y Quema de Artificios Pirotécnicos en Espectáculos Públicos y Tradicionales en la Ciudad de México. Aplican en su totalidad.
5. Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal. Artículo 89.
1. Copia del Permiso General otorgado por la Secretaría de la Defensa Nacional.
2. Constancias de capacitación del personal técnico pirotécnico expedidas por institución o tercer acreditado.
3. Copia de Póliza de Seguro que Ampare la Responsabilidad Civil y Daños a Terceros.
4. Relación del personal técnico pirotécnico designado por el permisionario, especificando el responsable del traslado, montaje y quema de los artificios pirotécnicos. Adjuntando copia de identificación oficial.
5. Copia del Permiso de Autorización de Quema expedido por la delegación correspondiente, en los términos que establezca la Ley del Sistema de Protección Civil de la Ciudad de México y su Reglamento.
6. Copia del contrato de prestación de servicios entre el organizador y el permisionario.
7. Croquis de ubicación de los artificios pirotécnicos.
8. Carta de corresponsabilidad del Tercer Acreditado.
9. Programa de quema.
1. Copia del Permiso de Autorización de Quema expedido por la delegación correspondiente, en los términos que establezca la Ley del Sistema de Protección Civil y su Reglamento.
2. Propuesta de distancias mínimas de seguridad y, en su caso, medidas de seguridad adicionales previstas.
3. Carta de Corresponsabilidad del Tercer Acreditado.
4. Croquis y análisis de riesgo del área en que se detonarán.
5. Copia del contrato de prestación de servicio entre el organizador y el permisionario.
6. Programa de Quema.
7. Relación del personal técnico pirotécnico designado por el permisionario, especificando el responsable del traslado, montaje y quema de los artificios pirotécnicos. Adjuntando copia de identificación oficial.
8. Copia del Permiso de Transporte de sustancias peligrosas otorgado por la Secretaría de Comunicaciones y Transporte.
9. Copia de Póliza de Seguro que Ampare la Responsabilidad Civil y Daños a Terceros.
10. Constancias de capacitación expedidas por institución o terceros acreditados.
11. Croquis y análisis de riesgos en un rango de 500 metros.
12. Relación de artificios pirotécnicos especificando cantidad y potencia, así como gráfica de altura y expansión.
13. Copia del Permiso General otorgado por la Secretaría de la Defensa Nacional.
14. Procedimientos de emergencia que considere al menos los siguientes riesgos: Heridos, incendio, detonación imprevista, robo, condiciones climáticas adversas, sabotaje y sismo.
15. Carta responsiva de carga vigente de los extintores a utilizar.
1. Copia del Permiso General otorgado por la Secretaria de la Defensa Nacional.
2. Copia del Permiso de Autorización de Quema expedido por la delegación correspondiente en los términos que establezca la Ley del Sistema de Protección Civil y su Reglamento.
3. Relación de artificios pirotécnicos especificando cantidad y potencia, así como gráfica de altura y expansión.
4. Croquis y análisis de riesgos en un rango de 500 metros.
5. Relación del personal técnico pirotécnico designado por el permisionario, especificando el responsable del traslado, montaje y quema de los artificios pirotécnicos. Adjuntando copia de credencial para votar.
6. Propuesta de distancias mínimas de seguridad y, en su caso, medidas de seguridad adicionales previstas.
7. Copia del Permiso de Transporte de sustancias peligrosas otorgado por la Secretaría de Comunicaciones y Transporte.
8. Copia de Póliza de Seguro que Ampare la Responsabilidad Civil y Daños a Terceros.
9. Copia del contrato de prestación de servicio entre el mayordomo y el permisionario.
10. Carta responsiva de carga vigente de los extintores a utilizar.
11. Procedimientos de emergencia que considere al menos los siguientes riesgos: Heridos, incendio, detonación imprevista, robo, condiciones climáticas adversas, sabotaje y sismo.
12. Constancias de capacitación expedidas por institución o terceros acreditados.
Costo: Artículo, fracción, inciso, subinciso del Código Fiscal de la Ciudad de México: Sin costo
a obtener: Autorización.
Tiempo máximo de respuesta:7 días hábiles
Vigencia del documento a obtener: De acuerdo al programa de la quema
Afirmativa o Negativa Ficta: Afirmativa Ficta No Procede; Procede Negativa Ficta
*Toda persona que pretenda realizar alguna actividad o espectáculo en la que se Programe el uso de fuegos pirotécnicos tendrá la obligación de presentar un programa especial, con independencia de contar con un programa interno o especial y se estará al cumplimiento de las Normas Técnicas Complementarias que sean aplicables.
*El presente trámite se deberá solicitar con catorce días naturales de anticipación del espectáculo o festividad.
*La Secretaría de Protección Civil deberá supervisar las medidas de seguridad de quema de artificios pirotécnicos en espectáculos públicos con aforo superior a 2,501 personas.
Pirotecnia en interiores: Artificios pirotécnicos que presentan un riesgo reducido y que están diseñados para ser utilizados en áreas confinadas incluyendo el interior de edificios de entretenimiento como son auditorios y teatros, entre los que se encuentran: Chisperos, Luces, Cascadas, Bengalas, Cometas, Cohete, Bolas de fuego, Barras de fuego, Efectos de flama
Pirotecnia en exteriores: Artificios pirotécnicos que representan alto riesgo y se utilizan al aire libre y en áreas confinadas, como explanadas, áreas deportivas, plazas públicas, auditorios, teatros, estadios y se llevan a cabo en espectáculos públicos; entre los que se encuentran: Bengalas, Crisantemos, Cohetes, Cometas, Minas
Pirotecnia en espectáculos tradicionales: Artificios pirotécnicos que presentan un riesgo medio y que están diseñados para ser utilizados al aire libre, sobre todo en festividades religiosas en vía pública y atrios de iglesias, entre los que se encuentran: Castillos, Toritos, Bengalas, Cohetes
*Quedan prohibidos todos los artificios no contemplados en el listado anterior.