VUT
El trámite de número oficial es el cual la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda o la Delegación asigna un número oficial para cada predio que tenga frente a la vía pública, el cual deberá colocarse en la parte visible de la entrada de cada predio y ser claramente legible a una distancia mínima de 20 metros. El trámite de Alineamiento es la traza sobre el terreno que limita el predio respectivo con la vía pública en uso, determinada en los planos debidamente aprobados.
1.- Formato TIZTAPALAPA_ECA_1, por triplicado debidamente requisitados, con firmas autógrafas.
2.- Identificación oficial con fotografía (carta de naturalización o cartilla de servicio militar nacional o cédula profesional o pasaporte o certificado de nacionalidad mexicana o credencial para votar o licencia para conducir) Original y copia.
3.- Documento con el que se acredite la propiedad o posesión del predio, en original y copia.
4.- Documento con el que se acredite la personalidad, en los casos de representante legal. Original y copia
5.- Comprobante de pago de derechos, por la constancia de alineamiento y/o número oficial en original y copia, el cual debe presentar posterior al ingreso de la solicitud una vez que la autoridad informe al interesado el monto a pagar.
Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal.- Artículo 87 fracción I.
Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal.- Artículos 8, 22, 24 y 25.
Reglamento de la Ley de Desarrollo Urbano.- Artículo 43.
Código fiscal de la Ciudad de México, Arts. 233 y 234
Costo: Artículo, fracción, inciso, subinciso del Código Fiscal de la Ciudad de México: Artículos 233 y 234 del Código Fiscal de la Ciudad de México.
Documento a obtener: Constancia
Tiempo máximo de respuesta: 6 días hábiles
Vigencia del documento a obtener: 2 años
Afirmativa o Negativa Ficta: Afirmativa ficta, no procede; Negativa ficta, no procede
a) No se expedirá constancia de alineamiento y/o número oficial para instalación de servicios públicos en predios con frente a la vía pública de hecho o aquella que se presuma como tal.
b) Cuando el predio pertenezca a dos o más Alcaldías, la Constancia de Alineamiento y/o número oficial serán expedidos por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda.
c) El alineamiento contendrá las afectaciones y las restricciones de carácter urbano que señale la Ley y su Reglamento.
d) La constancia de alineamiento y/o número oficial no crea ni prejuzga sobre derechos de propiedad o posesión y se expide sobre datos y declaraciones proporcionados bajo protesta de decir verdad por el solicitante.