VUT
Trámite que deben realizar los titulares de la cédula de empadronamiento, que pretendan ejercer actividades comerciales en romerías de Mercados Públicos, con al menos 20 días de anticipación a la fecha de inicio de las mismas.
* Formato de solicitud TIZTAPALAPA_PAR_1 (Original y 1 copia simple)
* Cédula de empadronamiento (original y copia)
* Comprobante de domicilio del Interesado (Recibo de Luz, Boleta de Servicio de Agua, boleta predial o Estado de Cuenta de Servicio Telefónico, no mayor a tres meses de antigüedad) (original y copia)
* Autorización sanitaria expedida por la Secretaría de Salud (para aquellos comerciantes que para el ejercicio de sus actividades la requieran) (original y copia)
* Comprobante de no adeudo al Fideicomiso del Mercado, correspondiente al año en que se realiza la solicitud y de los cuatro años anteriores (tratándose de los Mercados Públicos en Auto Administración) (original y copia)
* Refrendo correspondiente al año en que se realiza la solicitud. (original y copia)
* Identificación oficial del Interesado (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional o Cartilla del Servicio Militar Nacional), (original y copia)
* Identificación oficial de la persona que ejercerá la actividad comercial en calidad de Encargado (Credencial para votar, Pasaporte, Cédula Profesional o Cartilla del Servicio Militar Nacional) (original y copia)
* Comprobantes de pago de derechos por el uso y utilización de Locales de Mercados Públicos del Distrito Federal correspondiente al año en que se realiza la solicitud y de los cuatro años anteriores (original y copia)
* Documento que acredita el carácter de representante o apoderado, en su caso (Carta poder firmada ante dos testigos con ratificación de las firmas ante Notario Público o ante Autoridad Competente, con identificación oficial del interesado, del apoderado y de los testigos o Poder Notarial e identificación oficial del representante o apoderado) (original y copia)
* Aviso por el que se da a conocer el Listado de los Mercados Públicos de la Ciudad de México.
* Artículos 6, 7 y 9 del Acuerdo por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del similar por el que se establece el Sistema de Empadronamiento para comerciantes de los Mercados Públicos de la Ciudad de México y los formatos oficiales de Cédula de Empadronamiento, refrendo y autorización hasta por 90 días para que una persona distinta al empadronado pueda ejercer el comercio en puestos permanentes o temporales en Mercados Públicos, por cuenta del empadronado
* Artículos 7 bis, 32, 33, 34, 35, 40, 41, 42, 44 y 49 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal.
* Artículo 191 Fracc. IV del Código Fiscal de la Ciudad de México.
* Artículos 6, 7 y 9 del Acuerdo por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del similar por el que se establece el Sistema de Empadronamiento para comerciantes de los Mercados Públicos de la Ciudad de México y los formatos oficiales
* Numerales Décimo Quinto Fracción VI, Décimo Sexto, Décimo Séptimo, Trigésimo Quinto, Trigésimo Sexto, Trigésimo Séptimo y Trigésimo Octavo de los Lineamientos para la Operación y Funcionamiento de los Mercados Públicos del Distrito Federal.
Costo: Artículo, fracción, inciso, subinciso del Código Fiscal de la Ciudad de México: Artículo 191 Fracc. IV del Código Fiscal de la Ciudad de México
Documento a obtener: Permiso
Tiempo máximo de respuesta: 15 días hábiles
Vigencia del documento a obtener: De 15 a 60 días naturales
Afirmativa o Negativa Ficta: Procede Afirmativa Ficta; No Procede Negativa Ficta
* La autoridad llevará a cabo la revisión y el análisis de factibilidad de la solicitud, considerando lo siguiente:
* Las Romerías solo podrán realizarse en las fechas y temporadas establecidas, y únicamente podrán comercializarse bienes y productos de temporada autorizados.
* El Órgano Político Administrativo asignará los espacios y determinará las dimensiones del local o puesto para el desarrollo de la actividad comercial en las Romerías; tomando en cuenta la opinión de los locatarios o comerciantes que participen.
* No se otorgarán permisos para vender o distribuir, artículos de procedencia ilegal, juegos pirotécnicos, material inflamable o explosivo y bebidas embriagantes.
* En caso de no contar con el Comprobante de pago de derechos, se deberá presentar una certificación de pago por los derechos de uso o aprovechamiento de bienes del dominio público, correspondiente al año en que se realiza la solicitud