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VISTO BUENO DE SEGURIDAD Y OPERACIÓN DE LAS INSTALACIONES Y SU RENOVACIÓN

CONCEPTO

Contenido

REQUISITOS

1. Formato TIZTAPALAPA_VBI_1, por triplicado debidamente requisitados, con firmas autógrafas

2. Documento con el que se acredite la propiedad o posesión del predio, en original y copia.

3. Identificación oficial con fotografía (credencial para votar o cartilla de servicio militar nacional o cédula profesional o pasaporte o licencia para conducir) Original y copia.

4. Documento con el que se acredite la personalidad, en los casos de representante legal. Original y copia

5. Carnet de Registro del Director Responsable de Obra y del Corresponsable en Instalaciones, en su caso; en original y copia, con la referencia detallada en la copia de la utilización del mismo para la realización del trámite.

6. En su caso, los resultados de las pruebas a las que se refieren los artículos 185 y 186 del Reglamento de Construcciones para la Ciudad de México (RCCM)

7. En el caso de giros industriales o inmuebles con 2,000 m2 o más de construcción, debe acompañarse de la responsiva de un Corresponsable en Instalaciones

8. Constancia de Seguridad Estructural sólo cuando el inmueble pertenezca al Grupo A o Subgrupo B1, de conformidad con el Artículo 139 fracciones I y II inciso a) del RCCM. Original y copia.

9. La declaración bajo protesta de decir verdad del Director Responsable de Obra y el Corresponsable en Instalaciones, en su caso, de que la edificación o instalación cuenta con las instalaciones y sistemas para situaciones de emergencia que reúnen las condiciones de seguridad previstas por el RCCM para su operación y funcionamiento (Art. 68 Fracc. V)

10. La declaración del propietario y del Director Responsable de Obra de que en la construcción que se trate se cuenta con los equipos y sistemas de seguridad para situaciones de emergencia, cumpliendo con las Normas y las Normas Oficiales Mexicanas correspondientes (Art. 68 Fracc. VII del RCCM).

Para la Renovación del Visto Bueno de Seguridad y Operación de las Instalaciones, se requerirá:

1. Formato TIZTAPALAPA_VBI_1, por triplicado debidamente requisitados, con firmas autógrafas, y Responsiva del Director Responable de Obra y, en su caso la del o los corresponsables, que se encuentran incluidas en este formato.

2. Identificación oficial con fotografía (credencial para votar o cartilla de servicio militar nacional o cédula profesional o pasaporte o licencia para conducir) Original y copia.

3. Visto Bueno de Seguridad y Operación de las Instalaciones anterior, en Original

4. Documento con el que se acredite la personalidad, en los casos de representante legal. Original y copia

FUNDAMENTO JURÍDICO

Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal.- Artículos 35 fracción II párrafo tercero, 36, 38 fracción III inciso c), 68, 69 y 70.

Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal.- Artículo 35 párrafo tercero.

Decreto por el que se modifican, adicionan y derogan diversas disposiciones al Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México en fecha 19 de abril de 2021.

INFORMACIÓN DEL TRAMITE

Costo: Artículo, fracción, inciso, subinciso del Código Fiscal de la Ciudad de México: Sin costo

Documento a obtener: Aviso o Renovación

Tiempo máximo de respuesta: 1 a 3 años

Vigencia del documento a obtener: 1 a 3 años

Afirmativa o Negativa Ficta: Afirmativa ficta, no procede; Negativa ficta, no procede

OBSERVACIONES

a) La renovación del Visto Bueno de Seguridad y Operación de las Instalaciones se realizará cada tres años, para lo cual se deberá presentar la responsiva del Director Responsable de Obra y, en su caso, la del o los Corresponsables, a excepción de los siguientes centros de reunión: cabarets, discotecas, peñas, bares, salones de baile, de fiesta o similares, en los que la renovación del Visto Bueno de Seguridad y Operación de las Instalaciones se realizará anualmente. En las renovaciones no será necesario presentar el Aviso de Terminación de Obra

b) En caso que el predio se localice en dos o más delegaciones el trámite debe gestionarse en la Ventanilla Única de la Secretaría de Desarrollo urbano y Vivienda.

c) Cuando se realicen cambios en las edificaciones o instalaciones a que se refiere este artículo, antes de que se cumpla el plazo señalado en el párrafo anterior, debe renovarse el Visto Bueno de Seguridad y Operación de las Instalaciones dentro de los 60 días hábiles siguientes al cambio realizado.

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