Aviso de visto bueno de seguridad y operación y su renovación
Trámite que deben realizar los propietarios o poseedores de inmuebles recién construidos, de riesgo alto, con una ocupación de más de 50 personas, de instalaciones de transporte de personas o carga, así como de aquéllas donde se realicen actividades de algún giro industrial que excedan una ocupación de 40 m2, o cuando cambien de uso, para asegurar las condiciones de seguridad en su operación y funcionamiento. El Visto Bueno de Seguridad y Operación es responsabilidad del Director Responsable de Obra y del o los Corresponsables, en su caso.
PARA EL AVISO DE VISTO BUENO DE SEGURIDAD Y OPERACIÓN
Formato TIZTAPALAPA_AVB_1, por duplicado debidamente requisitados, con firmas autógrafas, asimismo, la declaración bajo protesta de decir verdad del Director Responsable de Obra y el Corresponsable en Instalaciones, en su caso, de que la edificación e instalaciones correspondientes reúnen las condiciones de seguridad previstas por el Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal para su operación y funcionamiento. En el caso de giros industriales, debe acompañarse de la responsiva de un Corresponsable en Instalaciones, asimismo, la declaración del propietario y del Director Responsable de Obra de que en la construcción que se trate se cuenta con los equipos y sistemas de seguridad para situaciones de emergencia, cumpliendo con las Normas y las Normas Oficiales Mexicanas correspondientes, tanto la responsiva como las manifestaciones correspondientes se encuentran incluidas en este formato.
En su caso, los resultados de las pruebas a las que se refieren los artículos 185 y 186 del Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal, cuando sea necesario comprobar la seguridad de una estructura por medio de pruebas de carga en los siguientes casos:
*En las obras provisionales o de recreación que puedan albergar a más de 100 personas; determinado por el dictamen técnico de estabilidad o seguridad estructural expedido por un Corresponsable en Seguridad Estructural.
*Cuando no exista suficiente evidencia teórica o experimental para juzgar en forma confiable la seguridad de la estructura en cuestión, y
*Cuando la Delegación previa opinión de la Secretaría de Obras y Servicios lo determine conveniente en razón de duda en la calidad y resistencia de los materiales o en cuanto al proyecto estructural y a los procedimientos constructivos.
Identificación oficial con fotografía (carta de naturalización o cartilla de servicio militar nacional o cédula profesional o pasaporte o certificado de nacionalidad mexicana o credencial para votar o licencia para conducir) Original y copia.
Documento con el que se acredite la personalidad, en los casos de representante legal. Original y copia
Constancia de Seguridad Estructural sólo cuando el inmueble pertenezca al Grupo A o Subgrupo B1, de conformidad con el Artículo 139 fracciones I y II inciso a) del Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal. Original y copia.
1. Formato TIZTAPALAPA_AVB_1, por duplicado debidamente requisitados, con firmas autógrafas, y Responsiva del Director Responable de Obra y, en su caso la del o los corresponsables, que se encuentran incluidas en este formato
2.Aviso de Visto bueno de seguridad y operación anterior. Original
3. Identificación oficial con fotografía (carta de naturalización o cartilla de servicio militar nacional o cédula profesional o pasaporte o certificado de nacionalidad mexicana o credencial para votar o licencia para conducir) Original y copia.
4. Documento con el que se acredite la personalidad, en los casos de representante legal. Original y copia
OBSERVACIONES:
a) El Aviso de Visto Bueno de Seguridad y Operación debe ser renovado cada tres años o cuando se realice cambios en las edificaciones o instalaciones dentro de los 60 días hábiles siguientes al cambio realizado, la renovación para las ferias con aparatos mecánicos, circos, carpas y cualquier otro con usos semejantes se deberá solicitar cada vez que cambie su ubicación, mientras que para los centros de reunión: cabarets, discotecas, peñas, bares, salones de baile, de fiesta o similares, la renovación se realizará anualmente.
b) En caso que el predio se localice en dos o más delegaciones el trámite debe gestionarse en la Ventanilla Única de la Secretaría de Desarrollo urbano y Vivienda.
c) Es obligación del solicitante informar a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda o a la Delegación correspondiente, el cambio de alguna de las circunstancias de origen.
COSTO: Sin costo
Documento a obtener: Aviso o Renovación
TIEMPO DE RESPUESTA O REALIZACIÓN: Inmediato
Vigencia del documento a obtener: 1 a 3 años
Procedencia de la Afirmativa o Negativa Ficta: No aplica
REPORTAR CUALQUIER ANOMALÍA EN:
Contraloría General de la Ciudad de México, Av. Tlaxcoaque, No. 8, Edificio Juana de Arco, Colonia Centro, Alcaldía Cuauhtémoc.
TELÉFONO:5627-9700
EXTENSIÓN: 50200, 50203 y 50205
HONESTEL al teléfono 5533-5533,
QUEJATEL LOCATEL: 5658-1111,
DENUNCIA: Irregularidades a través del Sistema de Denuncia Ciudadana vía Internet a la dirección, electrónica.