Además de lo señalado en las obligaciones de transparencia comunes, los órganos político-administrativos, deberán mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de Internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:
I. Los indicadores oficiales de los servicios públicos que presten;
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II. El calendario con las actividades culturales, deportivas y recreativas a realizar; así como el presupuesto y acciones para la rehabilitación y mantenimiento de su infraestructura;
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III. Relación de los integrantes de los comités y subcomités establecidos por la normatividad vigente, actas de las sesiones y sus acuerdos;
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IV. Sobre el ejercicio del presupuesto deberá publicarse el calendario trimestral sobre la ejecución de las aportaciones federales y locales, pudiendo identificar el programa para el cual se destinaron y, en su caso, el monto del gasto asignado;
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V. En materia presupuestal, el desglose del origen y destino de los recursos asignados, precisando las cantidades correspondientes a su origen, ya sea federal o local, y señalando en su caso, el desglose de la cantidad que se destinará a programas de fortalecimiento de los Órganos Político-Administrativos:
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VI. En el caso de la información sobre programas de ayudas o subsidios, se deberá considerar toda aquella información sobre los programas sociales, sus montos y padrón de beneficiarios;
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Esta demarcación no cuenta con programas de subsidio, debido a que son considerados programas de subsidio aquellos que otorgan recursos directos para reducir el cobro a los usuarios o consumidores de un bien o servicio. Los programas que tiene la alcaldía son para otorgar servicios a las personas de acuerdo con las funciones de este ente público y busca ofrecer un conjunto de actividades con el fin de atender necesidades específicas de la sociedad.
VII. Los Programas de Desarrollo Delegacionales, vinculados con sus programas operativos anuales y sectoriales y los respectivos indicadores de gestión que permitan conocer las metas, por unidad responsable, así como los avances físico y financiero, para cada una de las metas. Sobre los indicadores de gestión se deberá difundir, además, el método de evaluación con una justificación de los resultados obtenidos y el monto de los recursos públicos asignados para su cumplimiento;
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VIII. La información desagregada sobre el presupuesto que destinaran al rubro de mercados, así como el padrón de locatarios, nombres y ubicación de los mercados públicos en su demarcación territorial;
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IX. La Autoridad de las demarcaciones territoriales deberá publicar y difundir a través de medios impresos o electrónicos información vigente y actualizada del gasto realizado por concepto de pago de asesorías;
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X. Publicar domicilio, número telefónico y nombre del responsable del Centro de Servicios y Atención Ciudadana o su equivalente;
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XI. La publicación del padrón de contralores ciudadanos que participan en los distintos comités de la administración pública de la alcaldía;
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XII. La publicación de los montos asignados, desglose y avance trimestral del Presupuesto Participativo;
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XIII. Calendario con horarios, número de unidad y teléfonos de servicio de recolección de basura;
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XIV. Los Planes y Programas de Desarrollo Urbano y las certificaciones actualizadas de uso del suelo que se hayan expedido, procurando su georreferenciación o imagen;
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XV. El padrón actualizado de los giros mercantiles que funcionen en su jurisdicción y las licencias y autorizaciones otorgadas para el funcionamiento de los giros sujetos a las leyes y reglamentos aplicables;
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XVI. El Programa de Seguridad Pública de la demarcación;
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XVII. Los proyectos productivos, que en el ámbito de su jurisdicción, protejan e incentiven el empleo, de acuerdo a los programas, lineamientos y políticas que en materia de fomento, desarrollo e inversión económica emitan las dependencias correspondientes;
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XVIII. Los avisos de obra dentro de su jurisdicción;
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XIX. Las autorizaciones de los números oficiales y alineamientos;
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XX. Los permisos para el uso de la vía pública;
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XXI. Los programas y acciones de apoyo que incentiven de la equidad de género en los diversos ámbitos del desarrollo;
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XXII. Los programas y acciones relacionados con la preservación del equilibrio ecológico, la adquisición de reservas territoriales en su caso; y la protección al ambiente, en su ámbito de competencia;
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XXIII. Calendario de audiencias públicas y de recorridos del titular del órgano político administrativo;
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XXIV. El informe de labores presentado ante el Consejo Ciudadano Delegacional;
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XXV. Publicar el directorio de las personas integrantes del consejo, indicando las comisiones a las que pertenece; el calendario de las sesiones del pleno y de las comisiones, así como las actas correspondientes, adicional a sus informes;
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XXVI. Los reglamentos, bandos y acuerdos aprobados por el concejo;
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XXVII. Toda aquella información sobre las acciones institucionales, sus montos y padrón de personas beneficiarias;
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XXVIII. La estrategia anual en materia anticorrupción, que incluya los indicadores públicos de evaluación y mecanismos de participación ciudadana, así como los controles institucionales implementados para prevenir actos de corrupción; mecanismos de seguimiento, evaluación y observación pública de las licitaciones, contrataciones y concesiones que realicen; y los tabuladores de precios máximos;
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XXIX. El programa provisional de gobierno y el programa de gobierno, así como los programas específicos de la demarcación territorial;
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XXX. El atlas de riesgo y el cronograma de protección civil de la demarcación territorial;
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XXXI. La ubicación de los estacionamientos públicos de la demarcación territorial y las tarifas que se aplicarán;
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XXXII. La retribución a que refiere el artículo 82 de la Ley Orgánica de las Alcaldías de la Ciudad de México;
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